Los 47 jueces, de los 47 países del Consejo de Europa, que integran el
pleno del Tribunal de Estrasburgo (el tribunal de Derechos Humanos más
importante del mundo), ha dictado una sentencia de enorme relevancia.
ESTRASBURGO, FRANCIA. – Por unanimidad, el tribunal de Derechos Humanos
más importante del mundo estableció textualmente que “no existe el derecho al
matrimonio homosexual”.
Los 47 jueces, de los 47 países del Consejo de Europa, que integran el
pleno del Tribunal de Estrasburgo (el tribunal de Derechos Humanos más
importante del mundo), ha dictado una sentencia de enorme relevancia, la cual
fue y es sorprendentemente silenciada por el progresismo informativo y su zona
de influencia.
En efecto, por unanimidad, todos los 47 jueces, han aprobado la
sentencia que establece textualmente que “no existe el derecho al matrimonio
homosexual”.
El dictamen fue fundado en un sinfín de considerandos filosóficos y
antropológicos basado en el orden natural, el sentido común, informes
científicos y por supuesto, en el derecho positivo. Dentro de esto último
fundamentalmente la sentencia se basó en el artículo No. 12 del Convenio
Europeo de Derechos Humanos. Dicho artículo equivale a los artículos de los
tratados sobre derechos humanos, tal el caso del 17 del Pacto de San José y al
No. 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En la histórica y nada difundida resolución, también ha dicho el
Tribunal que la noción de familia no sólo contempla “el concepto tradicional
del matrimonio, a saber, la unión de un hombre y de una mujer” sino que no se
debe imponer a los gobiernos la “obligación de abrir el matrimonio a las
personas de mismo sexo”.
En cuanto al principio de no discriminación, el Tribunal también añadió
que no hay tal discriminación dado que “los Estados son libres de reservar el
matrimonio únicamente a parejas heterosexuales”.
En el año 2004 el alcalde de Bègles (Gironda), Noël Mamère, celebró el
“matrimonio” simbólico de una pareja homosexual. La unión fue registrada en el
registro civil del ayuntamiento, pero posteriormente anulada en 2007 por los
tribunales franceses, al ser en aquel momento ilegal la celebración de
“matrimonios” entre personas del mismo sexo.
La decisión del TEDH puede resultar absolutamente inevitable a la luz
del citado artículo y más que aconsejable en un momento delicado para las
instituciones europeas, cuando hay países como Polonia y Hungría que rechazan
abiertamente el llamado ‘matrimonio gay’, en el caso del segundo tipificado en
su propia Constitución el matrimonio natural como el único reconocido por el
Estado.
En contraste, y especialmente desde que el Tribunal Supremo de los
Estados Unidos proclamase ‘constitucional’ el matrimonio entre dos hombres o
dos mujeres, la tendencia universal ha sido considerarlo una ‘conquista social’
irreversible.
En México, el presidente Enrique Peña Nieto presentó una propuesta para
legalizar los matrimonios entre personas del mismo sexo, y para que puedan
adoptar, acción que ha polarizado el debate en torno al tema.
Las iglesias y organizaciones conservadoras han criticado ampliamente
tal decisión. Se ha dicho que incluso se realizó una campaña para
que en las pasadas elecciones de gobernador se votara en contra del PRI, como
consecuencia del rechazo a la iniciativa presidencial.
De esta forma, la reciente sentencia en Europa viene a enfriar y templar
la propaganda incesante de los grupos LGBT que hacen parecer la aprobación del
matrimonio gay como un avance imparable al que solo se resisten, movidos por
una profunda homofobia, un puñado de países. La realidad es que solo 17 de los
193 países miembros de la ONU tiene esta institución. Pero ni
siquiera puede alegarse homofobia militante en esos casos, al menos no en su
mayoría: 95 de los 176 estados que solo reconocen el matrimonio natural han
despenalizado por completo las conductas homosexuales y 88 mantienen protección
constitucional sobre los individuos del colectivo LGBT. En el caso
concreto que juzga el TEDH, Francia aprobó el llamado “matrimonio homosexual”
en el año 2013, y el tribunal ha alegado que la pareja demandante tiene ahora
la posibilidad de casarse.
http://www.noticiacristiana.com/sociedad/2016/07/tribunal-no-derecho-matrimonio-homosexual.html
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